LA LEY
HELMS-BURTON: UNA HISTORIA SILENCIADA
(por Ricardo Alarcón de Quesada, leido en el
blog de Silvio Rodriguez "La Segunda Cita")
LA TRAMPA
Desde que comenzó este año el Departamento de
Estado norteamericano ha emitido varios anuncios sobre la suspensión parcial de
la aplicación de algunos aspectos de un capítulo de la llamada Ley
Helms-Burton. Lo ha hecho con el estilo tramposo, fraudulento, característico
de los actuales gobernantes, con la clara intención de crear incertidumbre y
confusión, propósito para el cual cuentan, como es habitual, con los medios que
se supone debían dedicarse a informar.
Ante todo hay que decir que en rigor se trata
de un aspecto secundario de la mentada Ley, adefesio pseudojurídico que viola
groseramente el Derecho Internacional, cuya ilegalidad y agresividad en nada
cambian, apliquen o no la tan cacareada suspensión. Se trata de abrir o no,
ahora, la posibilidad de presentar demandas ante tribunales norteamericanos por
actos realizados fuera de su jurisdicción, en este caso en el territorio de la
República de Cuba. Como quiera que tales litigios pudieran afectar a empresas
extranjeras con inversiones en la isla, el asunto provocó el rechazo de otros
países y condujo a que la Unión Europea presentase en 1996 una denuncia formal
ante la Organización Mundial de Comercio. El asunto se selló entonces
cuando Washington se comprometió a suspender la acción ante sus tribunales lo
cual han hecho, religiosamente, cada seis meses Clinton, W. Bush, Obama,
incluso Trump.
Fue un ejercicio repetido durante más de
veinte años hasta que el pasado 16 de enero se anunció que esta vez la
suspensión sería por 45 días. Cuando tal plazo se venció en marzo hicieron
saber que lo prorrogarían por otros 30 días aunque agregando que a partir del
19 de ese mes permitirían la presentación de demandas ante sus Cortes contra
unas 200 empresas cubanas arbitrariamente incluidas en una lista confeccionada
por Washington. Nuevamente en abril extendieron el plazo por dos semanas, hasta
el primero de mayo manteniendo la excepción contra las entidades cubanas
Ya en 1996 Fidel Castro había anticipado que
la cláusula suspensiva era una “tomadura de pelo”. Desde el pasado enero,
veintitrés años después, el señor Pompeo aparece, en pose dubitativa,
“deshojando la margarita” burlándose de todo el mundo, especialmente de sus
aliados europeos convirtiendo en papel mojado el compromiso suscrito con ellos.
Este rejuego sirve, sobre todo, para desviar
la atención de lo fundamental, aquello de lo que apenas se habla y a lo que
quisiera referirme confiando en la benevolencia de los lectores de Por
Esto!
La Helms-Burton tiene cuatro Capítulos o
Títulos. El Primero convierte en Ley todas las medidas, que hasta entonces eran
decisiones ejecutivas y conforman el bloqueo económico, comercial y financiero
impuesto a Cuba y lo amplían y tratan de extenderlo por todo el planeta. La
infame política, así codificada, sólo podría ser eliminada por una decisión de
ambas Cámaras del Congreso.
El Segundo describe, con cierto nivel de
detalle, lo que ocurriría a partir de la hipotética derrota de la Revolución
cubana como consecuencia de la guerra económica. Habría lo que llaman “período
de transición” durante el cual se produciría el desmantelamiento de todas las
instituciones de la sociedad cubana y el país quedaría bajo total dominio
norteamericano. Para que nadie pueda dudarlo el proceso estaría dirigido por un
funcionario norteamericano designado por el Presidente de Estados Unidos al que
la Ley pudorosamente denomina Coordinador para la transición en Cuba. Este
verdadero procónsul fue designado por W. Bush aunque nunca llegó a cumplir su
encomienda en la isla. Tuvo que dedicarse a promover fuera de Cuba el Plan para
la transición que Bush, cumpliendo con la Ley, presentó al Congreso en 2004 y
en una versión ampliada en 2006 y que nadie ha derogado.
Hasta aquí, con el Título I y el Título II,
la Helms-Burton es un texto que pisotea el Derecho Internacional de punta a
cabo. Su carácter extraterritorial es más que obvio pues el archipiélago cubano
no forma parte del territorio bajo la jurisdicción de Washington
En adición a lo antes expuesto la
Helms-Burton agregó un Título III que establece la posibilidad de promover
acciones legales ante tribunales norteamericanos contra empresas o personas que
usen de cualquier modo propiedades reclamadas por quienes, alegadamente, eran
sus dueños o sus descendientes. Este Título incluye un artículo que permite al
Presidente suspender el inicio de tales acciones por períodos semestrales, tema
al cual dediqué la parte inicial de este escrito.
Finalmente el Título IV, aplicado ya en
varias ocasiones, niega el visado para entrar a Estados Unidos a empresarios y
a sus familiares que utilicen propiedades objeto de reclamación.
La Helms-Burton recuerda la advertencia que
muy temprano nos hiciera Carlos Manuel de Céspedes. El Padre de la Patria
cubana, en 1870, descubrió que “el secreto” de la política norteamericana era
“apoderarse de Cuba”. Gracias a Helms y a Burton los designios del Imperio
aparecen a la luz del día. Que puedan hacerlos realidad es, desde luego, algo
bien diferente. Desde Céspedes hasta Fidel los cubanos han demostrado que
sabrán luchar hasta el fin y que jamás volverán a ser esclavos de nadie.
EL REGRESO DE BATISTA
Una vez que hubiesen conseguido la imaginaria
derrota de la Revolución cubana, quimera siempre perseguida por el Imperio, la
isla entraría en una etapa de transición que debería desembocar en un Gobierno
“democrático” aceptable y aprobado por Washington. Para asegurarlo el
Presidente de Estados Unidos designaría un Procónsul que conduciría la
descomunal tarea de deshacer todo el sistema político, económico y social
edificado en Cuba por más de medio siglo. La descripción minuciosa de ese
proceso está en el Título II de la Helms-Burton y en el Plan Bush.
Hay un elemento constante que acompaña todo
el recorrido desde la ocupación del país, su “tránsito” hacia la “democracia” y
más allá, hasta un porvenir indeterminado, una “condición indispensable” para
levantar el bloqueo y para las relaciones futuras incluso con un Gobierno
“democrático” made in USA: Ese elemento clave, decisivo, sería la cuestión de
las propiedades reclamadas por individuos de origen cubano que hoy ostentan la
ciudadanía estadounidense.
Lo dice la Ley, una y otra vez, con todas las
letras, para que lo entienda cualquiera: “La devolución de las propiedades” a
quienes las perdieron “el primero de enero de 1959”..
Vale la pena detenerse en este punto pues
permite descifrar la esencia del engendro disfrazado de Ley.
El primero de enero de 1959 el tirano
Fulgencio Batista se fue de Cuba tras delegar el mando en el General Eulogio
Cantillo que se pasó la jornada tratando de conformar una Junta cívico militar.
Con el dictador se fueron sus colaboradores más cercanos y muchos otros
comprometidos con el régimen derrocado siguieron el mismo camino en vuelos
organizados por Cantillo y la Embajada yanqui durante todo ese día.
Ese primero de enero Fidel Castro convocaba
desde Oriente a la huelga general revolucionaria contra la Junta golpista que
encabezaba Cantillo y duró hasta el día 5. Hubo manifestaciones populares y
enfrentamientos con bandas armadas batistianas. El Ejército Rebelde avanzaba,
en el Este y en el Centro hacia zonas controladas todavía por fuerzas del viejo
régimen. Ese día no fue promulgada ninguna medida nacionalizadora o
revolucionaria por la sencilla razón de que el movimiento revolucionario aún no
había llegado al poder. La entrada victoriosa de Fidel en La Habana no se
produciría hasta el 8 de enero.
Lo que se produjo el primer día del año 59
fue la fuga de asesinos, torturadores, politiqueros corruptos y otros cómplices
del régimen depuesto. En su estampida dejaron atrás, abandonaron, numerosas
propiedades muchas de las cuales, por cierto, eran fruto del robo, la
malversación y otras ilegalidades. Esas propiedades incluían grandes
latifundios, fábricas, centrales azucareros, edificios de apartamentos y
residencias particulares.
Desde aquella fecha se pasaron el tiempo
añorando el momento en que el Ejército yanqui invadiese Cuba y les devolviese
todo. Seis décadas después ahora son sus descendientes los que sueñan adueñarse
nuevamente del país. La Ley Helms-Burton es su gran “victoria”.
Finalmente
lograron que el gobierno de Estados Unidos –Congreso y Administración–
convirtieran su delirante empeño por regresar al pasado en la pieza central de
la política hacia Cuba.
Hay algo que suele olvidarse y que, sin
embargo, se debe subrayar. Los que emprendieron la fuga aquel enero no se
fueron con las manos vacías. Antes de irse saquearon el tesoro de la República,
vaciaron las reservas del Banco Central y se llevaron los recursos que
sustentaban el valor del peso cubano. The New York Times calculó el robo en
casi 500 millones de dólares de la época y dedicó a este asunto un editorial en
el que afirmaba que en esas condiciones ningún gobierno podría sostenerse y
gobernar.
No sólo a Cuba no le fue devuelto ni un
céntimo sino que además la Administración Eisenhower se negó a otorgar un
préstamo para aliviar la crítica situación. Todo esto sucedía antes que Fidel
asumiera la jefatura del gobierno y se adoptasen las primeras medidas
revolucionarias.
A veces los eruditos discuten acerca de la
fecha en que se inició el bloqueo económico de Estados Unidos contra Cuba y las
razones para fundamentarlo. La verdad histórica es que esa guerra económica
comenzó en la madrugada del Primero de enero de 1959 y si se llevasen a cabo
las pretensiones de la mafia anexionista-batistiana no terminaría nunca.