En qué
consiste la reforma judicial
(En
PAGINA12)
El proyecto de ley del Poder Ejecutivo para
reformular el Poder Judicial es debatido por el Senado de la Nación en
el marco de una sesión especial. La iniciativa sufrió una serie de
modificaciones con respecto al texto original.
Los
principales puntos de la reforma judicial
- Se unifican los fueros Criminal y
Correccional Federal y Nacional en lo Penal Económico, ambos de la Ciudad de
Buenos Aires, bajo la denominación de fuero Penal Federal con asiento en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Se crean 23 Juzgados en lo Penal Federal
con asiento en CABA, que pasarán a identificarse con los números 24 a 46.
- Se fija un plazo de dos años para la
instrumentación del Código Procesal Penal Federal que deberá implementar el
nuevo sistema acusatorio, con mayor rol de los fiscales.
- Se transfiere la totalidad de la
competencia penal no federal a la Ciudad de Buenos Aires.
- Los actuales ocho Tribunales Orales en lo
Criminal Federal con asiento en CABA conservarán su numeración (del 1 al 8) y
los cuatro Tribunales Orales Nacionales en lo Penal Económico con asiento en
CABA pasarán a identificarse con la numeración continuada, del nueve al doce.
- Se crean cinco Tribunales Orales en lo
Penal Federal con asiento en CABA, que serán integrados por tres miembros y una
secretaría cada uno.
- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional Federal y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal
Económico de la Capital Federal pasarán a formar una única Cámara denominada
Cámara de Apelaciones en lo Penal Federal con asiento en CABA.
- Los sorteos de causas deberán ser grabados
mediante medios técnicos, para garantizar la transparencia de éstos, bajo
apercibimiento de nulidad.
- Las causas actualmente en trámite y
radicadas ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal, los Tribunales
Orales Nacionales en lo Penal Económico, la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Criminal y Correccional Federal, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Penal Económico, los Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal y los
Juzgados Nacionales en lo Penal Económico continuarán su trámite ante esos
mismos órganos hasta su conclusión.
- Se crean Juzgados Federales de Primera
Instancia con asiento en las provincias y sus respectivos cargos de jueces,
para lograr equidad en el sistema federal de justicia, y se crean nuevas
Cámaras de Apelaciones, al igual que defensorías oficiales y cargos de
fiscales, quienes tendrán un rol fundamental en el nuevo sistema acusatorio.
- Se mantendrá en los concursos de selección
el examen escrito, preservando el anonimato, además de las audiencias públicas.
- Se establecen reglas para los jueces, como
el deber de "comunicar al Consejo de la Magistratura cualquier intento de
influencia en sus decisiones por parte de poderes políticos, económicos o
mediáticos, miembros del Poder Judicial, Ejecutivo o Legislativo, amistades o
grupos de presión de cualquier índole, y de solicitar las medidas necesarias
para su resguardo".
- En los traslados de secretarías y, ante el
pedido de organismos de derechos humanos, se dispuso que no se incluirá a
aquellas que, al momento de entrada en vigencia de la presente ley, instruyan
causas donde se investigan delitos calificados como crímenes de lesa humanidad.
- Respecto al sistema de subrogancias, uno de
los puntos cuestionados por la oposición, se establece en el artículo 16 que la
Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional dentro del plazo de
diez de la entrada en vigencia de la presente ley, elaborará y remitirá al
Consejo de la Magistratura una lista con todos los magistrados del fuero
criminal y correccional nacional que manifiesten su voluntad de subrogar los
Juzgados del 24 a 46 del nuevo Fuero Penal Federal.
- El artículo 19 establece que los
subrogantes permanecerán en sus cargos hasta tanto asuman sus funciones los
magistrados y las magistradas titulares y que en ningún caso el subrogante
podrá exceder el plazo de un año de subrogación desde la fecha de su designación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario